Defensa jurídica para recuperar, conservar, regularizar, dividir o formalizar derechos sobre inmuebles.
Se analiza la historia jurídica del inmueble, los documentos disponibles, la posesión, el registro, los contratos y la conducta de las partes para definir la acción y la estrategia procesal más conveniente.
Estudio de la regularización judicial de inmuebles poseídos durante el tiempo y bajo las condiciones que exige la legislación aplicable.
Defensa del mejor derecho para poseer frente a quien detenta el inmueble con un título o causa de posesión inferior.
Recuperación del inmueble por quien acredita la propiedad, frente a la persona que lo posee sin derecho oponible.
Solución judicial cuando varios propietarios ya no desean continuar compartiendo el inmueble y no existe acuerdo para dividirlo, adjudicarlo o venderlo.
Formalización judicial de compraventas u otras operaciones cuando una parte se niega a firmar la escritura o completar el acto pactado.
Terminación, rescisión, desocupación, entrega, rentas vencidas, daños e incumplimientos en inmuebles destinados a vivienda.
Controversias por rentas, recuperación del local, rescisión, entrega, garantías, daños y obligaciones derivadas del uso comercial.
Diagnóstico de ocupaciones, cesiones, tolerancias, préstamos, contratos incompletos y controversias en las que aún debe definirse la acción correcta.
Recepción ordenada de documentos.
Historia jurídica y posesoria del inmueble.
Acción, partes que deben intervenir y tribunal competente.
Pruebas, riesgos, tiempo, costos y posibles escenarios.
Diseño de estrategia, presentación de la demanda y seguimiento del juicio.
Formalización, entrega, inscripción o actos posteriores, cuando correspondan.
Es indispensable identificar con precisión el inmueble, reconstruir la cadena documental y definir quién tiene la mejor posición jurídica. Envía tus documentos para una valoración inicial.
Revisar mi caso inmobiliarioCédula profesional 13726659 · Registro TSJCDMX. La recepción de tus documentos no garantiza un resultado ni implica, por sí sola, la aceptación del asunto.